Por Kristijan Sekereš

Facturación electrónica en Francia para PME: conectar tu propio sistema de facturación antes del 1 de septiembre de 2027

Una esquina de París con un edificio de viviendas de estilo Haussmann al atardecer

Desde el 1 de septiembre de 2026, toda empresa en Francia incluida en la reforma tiene que poder recibir facturas electrónicas a través de una plateforme agréée, una plataforma autorizada. Las grandes empresas y las ETI también tienen que emitir sus facturas por esa vía y presentar el e-reporting. La web fiscal francesa ya describe la reforma como «effective depuis le 1er septembre 2026».

La segunda ola llega el 1 de septiembre de 2027. Desde esa fecha, las PME, las TPE y las micro-entreprises tienen que emitir sus facturas B2B electrónicamente a través de una plataforma autorizada y empezar con el e-reporting: enviar a la administración los datos de las ventas a consumidores, de las operaciones internacionales y, en el caso de los servicios, de los cobros recibidos.

Si tus facturas salen de un programa de los habituales, como Sage, Cegid o Pennylane, la conexión con una plataforma autorizada te la da tu proveedor, que o bien es una de ellas o trabaja con una. Tu parte es elegir la plataforma y depurar los datos de clientes.

Este artículo es para el otro caso: facturas generadas por tu propio software de facturación, un ERP personalizado o el código de tu propia plataforma. Ahí la conexión hay que construirla. Once meses bastan si empiezas ahora.

El calendario, y en qué ola estás

La guía práctica de la DGFiP para el arranque de la facturación electrónica fija las fechas:

  • 1 de septiembre de 2026: toda empresa incluida en el ámbito tiene que poder recibir facturas electrónicas; las grandes empresas (grandes entreprises) y las ETI también tienen que emitirlas y presentar el e-reporting.
  • 1 de septiembre de 2027: las PME, las TPE y las micro-entreprises tienen que emitir y presentar el e-reporting.

El tamaño se valora por entidad jurídica (por SIREN) a 1 de enero de 2025, con el último ejercicio cerrado antes de esa fecha. Según las preguntas frecuentes oficiales, una PME tiene menos de 250 empleados y, además, un volumen de negocio de hasta 50 millones de euros o un balance de hasta 43 millones de euros. Por encima de esa línea, tu fecha era 2026.

Hay una trampa. Las especificaciones externas (versión 3.2, de 30 de abril de 2026) sitúan a las entidades que forman parte de un grupo de IVA (assujetti unique) en la ola de 2026, sea cual sea su tamaño. Si la tuya es una de ellas, ya vas tarde.

La guía resuelve además dos cuestiones a tu favor. Puedes empezar a emitir electrónicamente antes de tu fecha, de forma voluntaria. Y un cliente no puede ampararse en la reforma para obligarte a enviar facturas electrónicas antes del 1 de septiembre de 2027, aunque tus contratos sí pueden seguir fijando cómo intercambiáis las facturas.

Qué hace una plataforma autorizada

Una plateforme agréée es un operador privado inscrito (immatriculée) por el Estado. Para figurar en la lista oficial, tiene que acreditar su cumplimiento fiscal, la seguridad de su infraestructura y de los datos, y la interoperabilidad técnica.

Las especificaciones llaman a esta arquitectura el modelo en «Y». Tu sistema envía la factura a tu plataforma. Tu plataforma busca al comprador en el directorio central (el annuaire) que gestiona el portal público de facturación (PPF) y entrega la factura a la plataforma del comprador. Por separado, tu plataforma extrae de la factura los datos reglamentarios y los envía al PPF, que los traslada a la administración tributaria.

Tres consecuencias para quien construya la integración:

  • Nunca hablas directamente con el Estado. Solo las plataformas autorizadas pueden entregar facturas a los destinatarios y enviar datos al PPF. Tu sistema de facturación es lo que las especificaciones llaman una solution compatible: habla con una plataforma, y la plataforma hace el resto.
  • Probablemente ya tienes plataforma. La necesitabas para recibir desde el 1 de septiembre de 2026. Pregúntale primero qué ofrece para emitir. Puedes usar otra, pero un solo contrato y una sola integración es más sencillo.
  • La interfaz está normalizada. La norma AFNOR XP Z12-013 define las API entre los sistemas de las empresas y las plataformas autorizadas; la XP Z12-012 cubre los formatos de factura y de estado. Las plataformas ofrecen también canales EDI y de portal, y Peppol conecta unas plataformas con otras. Pregunta cuáles admite la tuya antes de diseñar nada.

Los compradores públicos siguen en Chorus Pro, y las conexiones existentes con Chorus Pro pueden mantenerse.

Qué tiene que generar tu sistema

Una plataforma puede transportar y convertir una factura. No puede inventarse datos que tu sistema nunca tuvo.

Un formato de la base común

Toda plataforma autorizada tiene que admitir tres formatos, todos construidos sobre la norma europea EN 16931: UBL (versión 2.1), CII (versión D22B) y Factur-X, un PDF con los datos estructurados incrustados. Las plataformas pueden aceptar otros; solo estos tres están garantizados.

Elige en función de lo que tu sistema pueda generar limpiamente, no de lo que prefiera cada cliente. Un proveedor no puede imponer un formato a un comprador, y la plataforma del comprador puede convertir la factura al formato que este prefiera. Factur-X conviene a las empresas cuyos clientes siguen queriendo un PDF legible; UBL o CII convienen a los flujos puramente entre sistemas.

Los datos, campo a campo

La administración publica una tabla de los datos de factura que recibe, con su correspondencia con los términos de negocio de la EN 16931. Cuatro menciones son nuevas para la mayoría de las facturas francesas:

  • el SIREN del cliente (BT-47);
  • la categoría de la operación: bienes, servicios o ambos (BT-23);
  • la opción por liquidar el IVA según el devengo (option pour le paiement de la TVA d'après les débits), si te has acogido a ella (BT-8);
  • la dirección de entrega completa, si es distinta de la dirección de facturación del cliente (de BT-75 a BT-80).

El resto del conjunto obligatorio es conocido, pero tiene que ir estructurado: tu SIREN, los dos países, un número de factura de una serie cronológica y continua, la fecha de emisión, los totales sin IVA y de IVA, la divisa y un desglose del IVA con la base imponible, el impuesto y el tipo para cada tipo aplicado (BT-116, BT-117, BT-119). Entre los campos condicionales están los números de IVA, el motivo de exención (como código VATEX), la inversión del sujeto pasivo, la autofacturación, una fecha de entrega distinta de la fecha de factura y la referencia de la factura original en una factura rectificativa.

Varios campos de esa tabla solo se exigen a partir del 1 de septiembre de 2027: el detalle de las líneas (nombre del artículo, cantidad, precio unitario), los descuentos y cargos a nivel de documento, la dirección de entrega, la fecha de la factura corregida, la mención del descuento por pronto pago y el importe de la ecoparticipación. La fecha de 2027 es también el día en que el modelo de datos se vuelve más exigente para todos.

Dónde suelen fallar los sistemas a medida:

  • La ficha del cliente no tiene SIREN, o tiene un SIRET en el campo del SIREN.
  • La categoría de la operación no se guarda por producto o servicio, así que una factura mixta no se puede clasificar.
  • El IVA se calcula y se redondea por línea, así que el desglose por tipo no cuadra con los totales.
  • Las facturas rectificativas son documentos sueltos, sin referencia a la factura que corrigen.
  • La numeración de facturas tiene huecos, o los números se reutilizan tras una anulación.

Cada uno de estos puntos se arregla en el sistema de origen, no en el conector.

Los datos de enrutamiento

El directorio dirige las facturas a una empresa privada a nivel de SIREN por defecto, pero también puede enrutar por SIRET, por código de enrutamiento o por sufijo cuando un cliente quiere recibir las facturas por establecimiento o por departamento. Guarda los identificadores correctos de cada cliente. Cuando una búsqueda falla, la primera indicación de la guía es comprobar el SIREN, el SIRET y el establecimiento receptor que usaste.

Los estados del ciclo de vida, en los dos sentidos

Una factura tiene ahora un ciclo de vida, transmitido mediante mensajes de estado. Cuatro estados son obligatorios y llegan a la administración tributaria:

CódigoEstadoSignificado
200Déposéetu plataforma ha recibido la factura y la considera conforme
213Rejetéelas comprobaciones de una plataforma han detectado una anomalía
210Refuséeel comprador rechaza la factura en su totalidad
212Encaisséehas cobrado una parte o la totalidad del pago

Otros, como «recibida por la plataforma», «en litigio» o «pago enviado», son opcionales.

Tu sistema tiene que leer estados además de enviarlos. Un rechazo técnico (rejet) es eso, técnico: formato erróneo, datos que faltan o no cuadran, enrutamiento incorrecto. Lo corriges y reenvías. Un rechazo del comprador (refus) viene del cliente, tiene que indicar un motivo y solo puede usar los motivos que admite la norma (un defecto reglamentario que la plataforma no detectó, un destinatario equivocado, condiciones contractuales incumplidas), nunca un simple desacuerdo comercial. Si vuelves a emitir tras un refus, la nueva factura necesita un número nuevo. Las especificaciones dicen que una factura rechazada por cualquiera de las dos vías se anula en tu contabilidad con una nota de abono interna; la guía añade que, si impugnas un refus, no deberías crearla automáticamente.

Encaissée es el que olvidan los sistemas a medida. En los servicios, donde el IVA se devenga con el cobro, este estado lleva el número de factura, la fecha del cobro y el importe recibido por tipo de IVA: es la vía por la que los datos de cobro llegan a la administración en el B2B nacional. Así que tu conciliación bancaria o tu módulo de cuentas a cobrar tiene que alimentar la integración de facturación, y a menudo son dos sistemas que nunca se han hablado.

E-reporting: todo lo que no es una factura B2B nacional

La facturación electrónica cubre las ventas entre dos empresas registradas a efectos del IVA y establecidas en Francia. El e-reporting cubre el resto, también enviado a través de tu plataforma autorizada:

  • Ventas a personas que no son sujetos pasivos (B2C), en Francia o en el extranjero: totales diarios en lugar de facturas individuales, desglosados por categoría (bienes sujetos, servicios sujetos, ventas a distancia intracomunitarias, regímenes del margen), con la base imponible y el IVA de cada tipo.
  • B2B internacional: ventas a empresas no establecidas en Francia y compras a ellas, factura por factura, con prácticamente los mismos campos que una factura nacional. Las compras cuentan: si compras formación a un proveedor alemán, la declaras tú, el comprador francés.
  • Datos de cobro, solo para servicios, y no para operaciones con inversión del sujeto pasivo ni para empresas que hayan optado por liquidar el IVA según el devengo: la fecha y el importe cobrado por tipo de IVA.

La periodicidad depende de tu régimen de IVA, según la tabla de frecuencias publicada. En el régime réel normal mensual, los datos de operaciones se envían tres veces al mes (del 1 al 10, del 11 al 20 y del 21 a fin de mes), cada envío diez días después del final de su periodo, y los datos de cobro una vez al mes, antes del día 10 del mes siguiente. En el régime simplifié, ambos son mensuales, con vencimiento entre el 25 y el 30 del mes siguiente. En la franchise en base, ambos se envían cada dos meses naturales.

Tres envíos al mes son una tarea programada, no una hoja de cálculo. Y si tus ventas B2C pasan por una caja registradora, una tienda online y una herramienta de facturación, los totales diarios tienen que salir de las tres.

Un plan de 11 meses

Contando hacia atrás desde el 1 de septiembre de 2027, y dando agosto por perdido porque es agosto:

  1. Octubre de 2026: alcance. Confirma tu categoría de tamaño y si formas parte de un grupo de IVA. Haz una lista de todos los flujos que generan una factura o una venta: B2B nacional, B2C, internacional, notas de abono, anticipos, autofacturación, sector público. Pide a tu plataforma de recepción su oferta para emitir: formatos, documentación de la API, un entorno de pruebas, los estados que devuelve y el e-reporting.
  2. Noviembre y diciembre de 2026: datos. Pasa la tabla de campos por tus datos reales. Añade y verifica el SIREN y el SIRET en las fichas de cliente, añade la categoría de la operación al catálogo, decide la marca de liquidación del IVA según el devengo y audita la numeración de facturas. Elige el formato.
  3. De enero a marzo de 2027: desarrollo. El generador del formato; la validación contra la EN 16931 y las reglas francesas antes del envío; el cliente de la API de la plataforma; la gestión de estados con una máquina de estados de la factura; la alimentación de Encaissée desde cuentas a cobrar; los agregados del e-reporting.
  4. Abril y mayo de 2027: pruebas y, después, arranque voluntario. Primero el entorno de pruebas, luego facturas reales a unos pocos clientes que estén de acuerdo. La guía permite emitir de forma voluntaria antes de tu fecha y, si algo falla, volver a tu método habitual para esos flujos. La primavera de 2027 es la prueba real más barata que vas a tener.
  5. Junio y julio de 2027: ampliar. Todo el B2B nacional por la plataforma, el e-reporting funcionando, y el primer cierre de mes y la primera declaración de IVA conciliados con lo que comunicó la plataforma.
  6. Agosto de 2027: congelación. Nada de nuevas versiones, un procedimiento escrito para los dos tipos de rechazo y personas concretas cubriendo las vacaciones.
  7. 1 de septiembre de 2027: obligación. Después llega tu primer plazo de e-reporting, la prueba de verdad de la parte de comunicación de datos.

Si no estás listo ese día

La guía escrita para el arranque de septiembre de 2026 marca una línea tolerante: no hay sanciones durante la fase de puesta en marcha para las empresas que encuentren dificultades pero sigan una «trajectoire sérieuse de mise en conformité», valorada con pruebas concretas y fechadas (contrato con la plataforma, pruebas, incidencias abiertas con el soporte). También dice que esto no es «ni un report ni une suspension» de la obligación. No dice si la misma línea se aplicará en septiembre de 2027.

Las sanciones están en las preguntas frecuentes: 50 € por cada factura no emitida electrónicamente, con un máximo de 15.000 € por año natural, y sin sanción por la primera infracción. Los incumplimientos del e-reporting se rigen por el artículo 1788 D del CGI.

Trata el 1 de septiembre de 2027 como una fecha fija, y conserva de todos modos el rastro documental: es lo que te pedirá la administración.

Dónde encaja esto

La mayoría de las PME francesas recibirán esto de su proveedor de software, y así debe ser. Nuestro trabajo es para las demás: construimos la generación del formato, la conexión con la plataforma, la gestión de estados y los flujos de e-reporting dentro del sistema que ya genera tus facturas, y arreglamos los datos que hay debajo. Hay más información sobre nuestro servicio de integración de facturación electrónica, y sobre la modernización de ERP cuando el problema es el propio sistema de facturación.

Si tienes la fecha de septiembre de 2027 y un sistema de facturación que nadie quiere tocar, escribe a office@c9group.dev. Somos ingenieros, no asesores fiscales: el alcance y el tratamiento del IVA le corresponden a tu expert-comptable, y nosotros desarrollamos según su respuesta.